Se desconoce Detalles Sobre decreto 2025 de 1996
Estos contribuyentes deberán liquidar el valía total del impuesto a abonar, en dos (2) cuotas a más tardar en las siguientes fechas: Suscripción PRIMERA CUOTAEn primer emplazamiento, debe atenderse a la realidad social y económica de los hogares en el flagrante contexto caracterizado por determinadas dinámicas de crecimiento de precios e insu